En noviembre del año pasado, el Senado brasileño aprobó una reforma constitucional y tributaria, cuyo eje es simplificar el régimen de impuestos que existe hoy en día en dicho país. La reforma busca transitar de un complejo y poco transparente sistema de tributos municipales, estatales y federales, hacia un régimen unificado que fomente la productividad y otorgue mayor certeza jurídica a los proveedores de bienes y servicios.
En este sentido, la reforma se enfoca en simplificar la tributación al consumo, sustituyendo los múltiples impuestos aplicables actualmente a nivel municipal, estatal y federal (ICMS, ISS, IPI, PIS y COFINS), todos los cuales tienen diferentes tasas y mecanismos de aplicación, por un nuevo impuesto de carácter municipal y estatal (Impuesto sobre Bienes y Servicios o IBS), de una misma tasa y pagadero a una misma autoridad tributaria que se creará para estos efectos y un impuesto federal (Contribución sobre Bienes y Servicios o CBS).
Tanto el IBS como el CBS adoptan la modalidad del IVA, permitiendo, en general, que los contribuyentes puedan utilizar el impuesto soportado al adquirir bienes y servicios como crédito contra el impuesto aplicable sobre sus ventas de bienes y servicios.
Finalmente, se incorpora el Selective Tax o IS, impuesto federal que funciona como un impuesto multa a ciertas actividades consideradas dañinas para la salud y/o el medio ambiente (venta de vehículos, naves, tabaco, alcohol, extracción de sustancias minerales, entre otras).
La reforma contempla una serie de bienes exentos parcial o totalmente de CBS e IBS, beneficio que se centrará en productos de higiene y alimentación. La discusión sobre esta materia abre el debate sobre diferenciar las tasas de IVA según productos, tal como lo han propuesto algunos expertos en Chile. Se debe considerar que una propuesta como esta requiere una implementación cuidadosa, para solucionar el impacto del IVA que deben soportar los vendedores de bienes exentos en la compra de sus insumos, el cual no pueden descargar posteriormente al realizar ventas exentas.
El nuevo régimen de impuestos comenzará a regir de manera progresiva desde 2026 hasta llegar a su completa vigencia en 2033, donde la carga tributaria por CBS e IBS llegará a un 27%.
José Luis Campino