El tribunal consideró vulnerado el derecho del contribuyente, en tanto que las actuaciones de Impuestos Internos deben estar debidamente fundadas, ya que la tasación y el giro carecieron de una motivación concreta que explicara los hechos, el derecho y el razonamiento lógico-jurídico que condujo al valor fijado para el avión, agrega el profesional.
Diario Financiero