Impuesto único de 10% (originalmente era 5%) sobre las ganancias obtenidas por la enajenación en bolsa de determinados instrumentos. La presentación de Hacienda explica que las ganancias obtenidas en la enajenación de ciertos instrumentos con presencia bursátil no se encuentran afectas a impuesto (ingresos no renta). El impuesto aplicará para las enajenaciones que se efectúen a contar de 6 meses desde el primer día del mes siguiente a la publicación de la ley.